Existen varías formas de crear una empresa, ya sea con socios formando una sociedad o por cuenta propia cómo autónomo, en este post hablaremos sobre la Sociedad Limitada Unipersonal (SLU). La cual ha ido poco a poco ganando más adeptos en detrimento de las SL o SA. Vamos a ver qué son y cuando deberíamos barajarla como opción:
Índice de contenidos
¿Qué es una Sociedad Limitada Unipersonal?
La Sociedad Limita Unipersonal es igual a la Sociedad Limitada con la única diferencia que reside en la pertenencia de las acciones; en las SL las acciones pertenecen a dos o más socios mientras que en las SLU las acciones pertenecen a una única persona (física o jurídica).
La constitución de la Sociedad Limita Unipersonal puede ser por creación de una nueva empresa o como consecuencia de que una SL con el devenir del tiempo, redujo el número de socios hasta una sola persona.
La SLU debe registrarse y aparecer en el Registro Mercantil desde el primer momento en que se origine. Si no es así, el socio responderá de forma personal, ilimitada y solidaria ante las deudas.
Cuáles son las diferencias entre una S. L. U. y una S. L.
Aunque son dos tipos de sociedades muy similares, existen una serie de diferencias en materias como su denominación o el número de socios.
Denominación de la sociedad
Cuando se nombra una sociedad limitada se debe añadir las letras S. L. En el caso de las sociedades limitadas unipersonales se debe añadir al final del nombre las letras S. L. U.
Número de Socios
La Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal es una variante de la Sociedad de Responsabilidad Limitada en la que solo hay un único socio (mientras que en una S. L. debe de haber dos o más socios).
Por lo tanto, una S. L. U. es una empresa en la que el socio es único, de forma que la denominación de sociedad está en sintonía con el número de miembros.
Responsabilidad de los socios
Los socios comparten la responsabilidad dentro de una sociedad limitada, algo que asume el socio único de una S. L. U.
Requisitos para constituir una SLU
- Debe existir sólo un socio fundador
- Reunir un capital social mínimo de 3000 euros y depositarlo en una cuenta bancaria a nombre de la sociedad.
- Redactar los estatutos
- Tener un NIF
- Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil
- Solicitar el certificado de denominación social en el Registro Mercantil
- Presentar el impuesto sobre Operaciones Societarias
¿Qué debe aparecer en los estatutos de la SLU?
- Capital aportado
- Domicilio social
- Denominación social
- Objeto social, es decir, la actividad de la SLU
Características de la Sociedad Limitada Unipersonal
El principal requisito es que debe estar participada por sólo un miembro sobre el que caen todas las obligaciones, también consta de estas características:
- La constitución de la SLU se realiza mediante escritura pública ante notario y su inscripción identifica al socio único.
- El socio único tiene la competencia de la Junta General, por lo que queda adscrito a las obligaciones de la Junta General cómo es la firma de las actas.
- Tiene carácter mercantil y personalidad jurídica propia
- La SLU tiene como obligación presentar todos los libros para las SL y además el Libro registro de contratos de la SLU con el socio único
- Los gastos de inscripción oscilan entre los 300€ correspondientes al registro y al notario hasta un límite mayor de 1000€ si vamos a delegar esta tarea en terceros.
- Respecto a los impuestos, la SLU tributa por medio del impuesto de sociedades permanente al 25% desde 2016.
- Respecto a la contabilidad, es necesario presentar el balance de cuentas anual.
- Respecto a la responsabilidad, el socio fundador no responde con su patrimonio personal, por lo que si la sociedad tiene pérdidas sólo se tendrá en cuenta el patrimonio de la SLU.
Autónomo o Sociedad Limitada Unipersonal
Ante personas que están decididas a empezar un nuevo negocio siempre surge la duda de que forma jurídica tomar; SL, autónomo, SLU, etc. La gran mayoría de personas eligen ser autónomos simplemente por la inversión necesaria, pero se dan más opciones:
- Trámites: La inscripción ante notario, registro mercantil y aportar el capital inicial de la SLU es un procedimiento más largo y costoso que darse de alta cómo autónomo que sólo requiere el alta en el Impuesto de Actividades y afiliarse al RETA.
- Inversión: Para darse de alta cómo autónomo no hace falta un capital mínimo, mientras que la SLU necesita un capital social mínimo de 3000€.
- Responsabilidades: El autónomo responde ante deudas con todo su patrimonio mientras que el socio de la SLU sólo responde con su capital aportado, este es un factor muy determinante.
Cómo crear una sociedad limitada unipersonal
El proceso para crear una sociedad limitada unipersonal es similar al que se realiza para una sociedad limitada, pero teniendo en cuenta las características propias de este modelo.
- En primer lugar, hay que seleccionar el nombre de la sociedad, que no debe estar ya registrado de forma oficial. A este nombre se le añade la terminación S. L. U. para indicar qué tipo de sociedad es.
- Uno de los requisitos para crear una sociedad limitada unipersonal es que solo habrá un socio.
- El capital social mínimo de la sociedad limitada unipersonal que hay que aportar para su constitución es de 3000 €.
- Se deben redactar unos estatutos de forma previa a la constitución donde se recojan las normas de funcionamiento (lo habitual es recurrir a un asesoramiento profesional para realizar esta tarea).
- Acudir al notario para formalizar la constitución de la S. L. U. mediante una escritura pública (basada en los estatutos y demás información aportada).
- Con la escritura pública se debe acudir al registro mercantil para dar de alta la sociedad legalmente y así obtener el número de identificación fiscal. Antes de este proceso hay que abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
- El único socio administrador deberá darse de alta en la seguridad social como autónomo societario.
8. Ventajas de crear una S. L. U.
Cada vez son más los empresarios y emprendedores que apuestan por este formato especial de sociedad donde se limita la responsabilidad sin tener que asociarse con otras personas.
Veamos los principales beneficios que se obtienen al crear una sociedad limitada unipersonal.
Control en la toma de decisiones
Al crear una S. L. U. no hay que compartir la toma de decisiones con el resto de socios, por lo que se pueden asumir todas las decisiones que se deban tomar en los distintos niveles y áreas de la empresa.
Se trata de una forma de gestionar una sociedad de forma personalísima, sin tener que ser un autónomo (pero manteniendo la autonomía).
Proteger el patrimonio
Una de las ventajas de apostar por una S. L. U. en lugar de operar bajo el régimen de autónomos es que se protegen los bienes ante terceros y acreedores. La sociedad responde ante ellos con su propio capital y patrimonio, protegiendo los bienes personales del socio (algo que no ocurre con un autónomo que responde ante terceros con todo su patrimonio personal).
Sencillez burocrática
Una sociedad limitada unipersonal es un tipo de sociedad que no requiere de grandes y complejos trámites burocráticos, como puede suceder en otros modelos como las cooperativas o las sociedades anónimas, entre otras.
Desgravar el sueldo
Al constituir una sociedad unipersonal, el autónomo puede tener una nómina que se podrá desgravar como gasto. Esta es una gran diferencia en relación con el autónomo, donde todos los beneficios son considerados como el “sueldo” del mismo.
Proyectar una mejor imagen
En el mundo de los negocios se suele ver con mejores ojos a las sociedades que a los autónomos. Operar bajo una S. L. U. permitirá acceder a foros y negocios en los que como autónomo es más complejo introducirse.
Además, las S. L. U. suelen ser más atractivas para inversores o prestamistas (en comparación con los autónomos).
Transformación en S. L.
Si en un futuro se quiere añadir algún socio la S. L. U. se puede transformar en S. L. de forma rápida, sencilla y con un coste ajustado, lo que es una gran alternativa en casos de que el negocio crezca y tenga éxito.
Cómo vemos, los factores para elegir una u otra opción dependen de cada emprendedor, una vez que ya has formado la sociedad te puedes ayudar de un software de gestión empresarial, ya seas SLU o autónomo.