El Código Civil faculta a los ciudadanos a asociarse de forma privada para poner en común sus recursos de cara a abordar una actividad económica, y así poder dividir los beneficios que resulten de esta: la sociedad civil es la forma legal prevista que ampara esta realidad.
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¿Qué es una sociedad civil?
Para aproximarnos a la definición de sociedad civil, es preciso recalcar que este tipo de vinculación permanece íntegramente en el ámbito civil y, por lo tanto, no se puede regir mediante las leyes del Derecho Mercantil (que son las que regulan las sociedades limitadas, anónimas, comanditarias…), sino por el Código Civil y el Código de Comercio.
Por lo tanto, una sociedad civil es un acuerdo privado entre dos o más partes que se asocian para conseguir un bien común de índole lucrativa: para ello, han de aportar individualmente una serie de activos (bienes o dinero).
En este tipo de sociedades, las actuaciones de los socios presentan carácter individual frente a terceros, puesto que no cuentan con personalidad jurídica propia.
A grandes rasgos, estas son las características de una sociedad civil:
- Tiene razón social y NIF propios.
- Los socios tienen que estar dados de alta como trabajadores autónomos.
- Se constituye con un mínimo de dos socios.
- Está sujeta a tributación por el Impuesto de Sociedades
¿Cómo se constituye una sociedad civil?
Redacción y rúbrica del acuerdo
La parte central de las sociedades civiles es la escritura de constitución, que tiene que formalizarse y firmarse ante notario: es el documento que recoge los términos del mencionado acuerdo privado entre las partes.
En el contrato de constitución se reflejan el tipo de actividad, qué tipo y cantidad de contribución hace cada socio, y qué porcentaje de participación adquiere en la sociedad.
Asimismo, se establece el sistema de representación y administración de la sociedad, y se determinan los motivos por los que la sociedad puede ser liquidada o disuelta; a este respecto, la ley prevé algunos motivos:
- Finalización de la duración estipulada por el contrato de constitución.
- Finalización del objeto principal de la constitución de la sociedad.
- Incumplimiento por parte de algún socio de las aportaciones convenidas.
- Situaciones de insolvencia, incapacitación, embargo patrimonial o deceso de alguno de los socios.
Trámites con la Administración
Llegado este punto, hay que cursar el alta de la sociedad civil en la AEAT mediante la presentación del modelo 036, y proceder al pago del Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (cuyo importe es el 1 % del valor de los bienes aportados a la sociedad).
Si los socios no se han dado de alta como autónomos, deberán hacerlo rellenando el modelo 037 de la Agencia Tributaria.
¿Cómo son los procesos de facturación y contabilidad de una sociedad civil?
Las sociedades civiles adquieren unas responsabilidades administrativas análogas a las de los trabajadores autónomos: tienen la obligación de emitir facturas por sus servicios (siempre a nombre de la sociedad, no de alguno de los socios) y conservar un registro de todas sus actividades fiscales y contables:
- Ventas e ingresos
- Compras y gastos
- Bienes de inversión
- Provisión de fondos y anticipos
¿Sociedades civiles o comunidades de bienes?
Podría plantearse la duda de si es más rentable para dos o más trabajadores autónomos asociarse bajo la forma de una comunidad de bienes o de una sociedad civil, puesto que ambas modalidades se rigen por la misma legislación.
Leer más sobre las comunidades de bienes; qué son, características, tipos y pasos para constituirla.
La realidad es que ambas formas presentan las mismas ventajas: la inversión inicial es escasa, la constitución plantea menos trámites burocráticos, la gestión administrativa no reviste grandes dificultades y, si los socios se están constituyendo como autónomos por primera vez, gozarán de la máxima bonificación en sus cuotas de la Seguridad Social.
Tienen un inconveniente común que ya mencionamos previamente: la responsabilidad de los socios es ilimitada para hacer frente a posibles deudas de la sociedad (responden con su patrimonio personal).
No obstante, la diferencia está en la tributación: mientras que la sociedad civil tributa mediante el Impuesto de Sociedades, en una comunidad de bienes cada uno de los socios lo hace mediante su IRPF individual.
Ahora que sabes lo que es una sociedad civil, quizá puedas lanzarte a la aventura del trabajador autónomo asociándote con alguien para maximizar vuestro rendimiento: prueba STEL Order para que la gestión de tu sociedad sea lo más eficiente posible.