Pagas extraordinarias: cálculo y devengo de la extra de Navidad

El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a dos pagas extraordinarias durante el año, y establece la fecha de una de ellas por motivo de las fiestas de Navidad.

Cuando se acercan las fechas navideñas, en todas las empresas es irremediable comenzar a hablar de la paga extra de navidad: es una gratificación económica que goza de gran tradición en nuestro país, y que muchos hogares aguardan con entusiasmo por el oxígeno que aporta a la economía familiar, de cara a los gastos navideños y a la famosa «cuesta de enero».

Definición de paga extraordinaria

 

El Estatuto de los Trabajadoresen su artículo 31, reconoce su derecho a percibir dos gratificaciones extraordinarias al año, aconteciendo una de ellas con motivo de las fiestas de Navidady disponiendo la otra según el convenio colectivo o el acuerdo al que se llegue con los trabajadores; también se establece que las empresas puedan prorratear el importe de dichas pagas en las nóminas de los trabajadores a lo largo del año.

En cuanto a la segunda paga extraordinaria, lo más frecuente es que tenga lugar durante el verano, concretamente durante el mes de julio; no es una fecha inquebrantable, siempre y cuando la empresa y los trabajadores alcancen un acuerdo sobre su fecha de cobro.

 

Una breve reseña histórica

 

La elección de estas fechas y el motivo mismo de las pagas extraordinarias responden a ciertos acontecimientos de nuestra historia reciente.

Por un lado, el BOE de 24 de diciembre de 1944 establecía el derecho de los trabajadores de industrias no reglamentadas a cobrar el equivalente a una semana de su salario, como una forma de celebrar la Navidad. Un año después, se aprobó dicha paga con carácter indefinido y se extendió a todos los colectivos laborales.

Por otro lado, en 1947 se estableció la «Paga del 18 de Julio», con motivo de la celebración de la Fiesta de Exaltación del Trabajo (la misma fecha que el golpe de Estado de 1936).

 

Cuándo se cobra la paga extra de navidad

 

Aunque todos tengamos las inmediaciones de las navidades en la cabeza, ninguna ley establece qué día exacto se cobra la paga de navidad.

Lo normal es que las empresas paguen a sus trabajadores la paga extra de navidad entre los días 20 y 25 de diciembre, pero tales fechas también son solo una orientación: cada empresa es libre de fijar las fechas de las pagas extraordinarias, previo acuerdo con los trabajadores.

 

Cómo se calcula la paga extra de navidad

 

El cálculo de la paga extra se realiza tomando como referencia el salario base del trabajador; por lo tanto, el importe de cada paga extraordinaria debería coincidir con el del salario base que el trabajador percibe mensualmente en sus nóminas.

No obstante, la cuantía que percibe un trabajador mediante la paga extraordinaria se establece, en cada caso, según el convenio colectivo al que se encuentre acogida la empresa.

 

Consideraciones sobre la cuantía

 

En ningún caso el importe de la paga extra de navidad (también llamada la paga extra de diciembre) no puede ser inferior al importe correspondiente a 30 días de salario base del trabajador, o a la cuantía correspondiente al salario mínimo interprofesional.

 

Devengo de la paga de navidad

 

Si bien el Estatuto de los Trabajadores reconoce tal derecho de pagas extraordinarias, su percepción está sujeta a devengo por el tiempo que el trabajador lleva prestando sus servicios para la empresa.

Te aconsejamos que dispongas de una pequeña calculadora de pagas extra, así como de un software de gestión para controlar todos los aspectos retributivos de tus trabajadores.

Esta fórmula debería aproximar certeramente el importe de una paga extraordinaria:

Importe de paga extra = Importe paga completa x (días trabajados / días devengados)

Hay dos formas de computar el devengo de las pagas extraordinarias: la elección de una u otra vendrá impuesta por el convenio colectivo de aplicación en cada caso.

 

Pagas extra anuales

 

Si el convenio colectivo no se pronuncia al respecto, o salvo que lo especifique explícitamente, un trabajador que no haya completado todavía su primer año de trabajo en la empresa no tendrá derecho a percibir la parte íntegra de la paga de navidad, sino solo la parte proporcional que resulte de la suma de los días trabajados.

 

Pagas extra semestrales

 

Esta ligera modificación establece el periodo de devengo de una paga en función de la percepción de la anterior, no distinguiendo entre la paga de navidad o la de verano: esto significa que un trabajador cuya antigüedad en la empresa oscile entre los 6 y los 12 meses ya habrá adquirido el derecho a percibir la siguiente paga extra por la totalidad de su cuantía.

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