Modelo 111: cómo se contabiliza

El Modelo 111 es una declaración trimestral donde empresas y autónomos informan a Hacienda sobre retenciones en nóminas y facturas de profesionales. Aprende cómo contabilizarlo correctamente.

El Modelo 111 es una declaración trimestral obligatoria para empresas y autónomos que hayan practicado retenciones en las nóminas de sus trabajadores o en los pagos a profesionales independientes. A través de este modelo, se liquidan las cantidades retenidas a la Agencia Tributaria. Conocer cómo se contabiliza y qué implica su correcta gestión es esencial para evitar sanciones y recargos.

Este artículo te guiará paso a paso para que entiendas cómo realizar los asientos contables del Modelo 111 y qué diferencias presenta frente a otros modelos similares.

¿Qué es el Modelo 111?

El Modelo 111 es una declaración trimestral en la que las empresas y autónomos informan a la Agencia Tributaria de las retenciones e ingresos a cuenta practicados en pagos a trabajadores, profesionales y otros perceptores. Este modelo incluye retenciones de nóminas, facturas de profesionales autónomos o pagos de arrendamientos sujetos a retención.

Por ejemplo, si una empresa contrata a un autónomo y le aplica una retención en su factura, esa cantidad retenida se debe incluir en el Modelo 111.

¿Cómo se contabiliza el Modelo 111?

La contabilización del Modelo 111 se realiza reflejando el pago de las retenciones a Hacienda y ajustando las cuentas correspondientes a salarios, honorarios o arrendamientos. Los pasos para el asiento son los siguientes:

CuentaDebeHaber
4751 Hacienda, retenciones practicadasImporte de las retenciones
572 BancosImporte del pago

Paso a paso:

  1. Retenciones en nóminas o facturas: Se van acumulando en la cuenta 4751 «Hacienda, retenciones practicadas» a lo largo del trimestre.
  2. Pago a Hacienda: Cuando se paga el importe de las retenciones a Hacienda (trimestralmente al presentar el Modelo 111), se realiza el asiento de salida de dinero desde la cuenta bancaria (572).

Ejemplo práctico

Imaginemos que una empresa ha retenido durante el trimestre 1.500 € en nóminas y 500 € en facturas de profesionales autónomos, y ahora debe liquidar el Modelo 111. El pago total a Hacienda será de 2.000 €.

Asientos contables:

  1. Acumulación de las retenciones:
CuentaDebeHaber
640 Sueldos y salarios1.500
4751 Hacienda, retenciones practicadas1.500

Para las facturas de profesionales:

CuentaDebeHaber
623 Servicios de profesionales independientes500
4751 Hacienda, retenciones practicadas500
  1. Pago del Modelo 111 a Hacienda:
CuentaDebeHaber
4751 Hacienda, retenciones practicadas2.000
572 Bancos2.000

Posibles ventajas fiscales del Modelo 111

Aunque el Modelo 111 en sí no ofrece ventajas fiscales directas, el cumplimiento puntual evita sanciones y recargos por parte de Hacienda. Además, gestionar correctamente las retenciones reduce la carga tributaria para los perceptores, ya que anticipan parte de sus impuestos.

¿Buscas el software ideal para simplificar tu contabilidad y ahorrar tiempo? No te pierdas nuestra selección de los mejores programas de contabilidad que harán que tu gestión financiera sea más eficiente.

Diferencias con conceptos similares

Es común confundir el Modelo 111 con otros modelos de la Agencia Tributaria que también implican retenciones e ingresos a cuenta. Sin embargo, cada uno tiene una función y un ámbito de aplicación específicos. A continuación, analizamos algunas de las diferencias más destacadas entre el Modelo 111 y otros modelos de retención.

  • Modelo 115: Este modelo se utiliza exclusivamente para declarar las retenciones sobre arrendamientos de inmuebles. Es decir, si tu empresa o tú como autónomo alquilas un local o una oficina y el contrato de alquiler está sujeto a retención, deberás presentar el Modelo 115. A diferencia del Modelo 111, que cubre nóminas y servicios profesionales, el 115 se limita a alquileres.
  • Modelo 190: Es el resumen anual de todas las retenciones informadas durante el año en los Modelos 111. Mientras que el Modelo 111 se presenta trimestralmente y refleja las retenciones en pagos a cuenta practicadas en cada trimestre, el Modelo 190 consolida toda esta información y se presenta al final del año. Es un modelo informativo y obligatorio para resumir y detallar las retenciones e ingresos a cuenta que se han ido declarando en cada trimestre.

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si olvido presentar el Modelo 111?

Si no presentas el Modelo 111 dentro del plazo, Hacienda te puede imponer sanciones y recargos por presentación fuera de plazo. Cuanto más tiempo pase desde el vencimiento del plazo, mayores serán los recargos e intereses de demora. En algunos casos, si la omisión es subsanada de forma voluntaria antes de que Hacienda te lo reclame, las sanciones pueden ser más leves.

¿Cómo corrijo un error en el Modelo 111 ya presentado?

Si te das cuenta de que has cometido un error al presentar el Modelo 111, puedes presentar una declaración complementaria. Esto te permite corregir los datos erróneos o añadir información omitida. Es importante hacerlo cuanto antes para evitar problemas con Hacienda.

¿Es obligatorio presentar el Modelo 111 si no he hecho pagos con retenciones en el trimestre?

No, si no has realizado pagos que lleven retención en el trimestre (ni a trabajadores, ni a autónomos, ni por arrendamientos con retención), no estás obligado a presentar el Modelo 111. Sin embargo, si esperas hacer retenciones en trimestres futuros, asegúrate de gestionar adecuadamente tus obligaciones tributarias para esos periodos.

¿Cómo sé si debo practicar retenciones a un profesional?

Si contratas a un profesional autónomo y te emite una factura, es probable que esté sujeto a retención. En general, la retención suele ser del 15% sobre el total de la factura (sin IVA). Sin embargo, algunos profesionales que se encuentran en su primer año de actividad pueden aplicar una retención reducida del 7%. Para evitar errores, revisa las condiciones fiscales del profesional con antelación.

STEL Order

Equipo de redacción de STEL Order, formado por profesionales con experiencia en diversos ámbitos de la gestión y facturación tanto de empresas como de autónomos. Contenidos editados, revisados y actualizados por profesionales. Si desea comunicarse con nosotros sobre sugerencias de modificaciones en los artículos puede hacerlo en el siguiente correo: marketing+redaccion@stelorder.com.

Perfil de Linkedin

Últimos artículos

Reglamento de la Facturación Electrónica

Un recibo devuelto: cómo pagarlo

Dividendos: cómo se contabilizan

Venta de inmovilizado: cómo se contabiliza