La jubilación de los autónomos en 2024

En este artículo abordaremos como afectaron a las jubilaciones de los autónomos, la incorporación de la cotización por ingresos reales.

La llegada del nuevo año traerá consigo una serie de cambios sobre la jubilación de autónomos. Vamos a resumir estas novedades, centradas en cuándo se puede jubilar un autónomo, y cuánto van a cobrar los autónomos de pensión tanto si adelantan como si retrasan su edad mínima.

¿Cuál es la edad de jubilación de un autónomo en 2024?

Hasta este año, los autónomos que desearan jubilarse podían hacerlo si hubiesen alcanzado la edad mínima legal de 65 años, o bien haber acumulado un total de 37 años y 9 meses de cotización. Si este periodo mínimo no se hubiese completado aun habiendo cumplido los 65, la edad mínima de jubilación pasaría a los 66 años.

Esta subida se encuadra dentro de los incrementos previstos por el Ministerio de Trabajo, consistentes en aumentar los años mínimos cotizados y la edad mínima (si no se alcanza el periodo mínimo cotizado) gradualmente hasta los 67 años a partir de 2027. De esta forma, para poder jubilarse con 65 años:

  • 2024: más de 38 años; de lo contrario, el retiro no podrá hacerse hasta la edad de 66 años y 6 meses.
  • 2025: más de 38 años y 3 meses; de lo contrario, el retiro no podrá hacerse hasta la edad de 66 años y 8 meses.
  • 2026: más de 38 años y 3 meses; de lo contrario, el retiro no podrá hacerse hasta la edad de 66 años y 10 meses.
  • 2027: más de 38 años y 6 meses; de lo contrario, el retiro no podrá hacerse hasta la edad de 67 años.

Mientras llega la jubilación, optimiza tu proceso de facturación con el programa de facturación más completo y mejor valorado de España. 

Requisitos para que los autónomos se jubilen y cobren el 100 % de su pensión en 2024

Para que los autónomos puedan jubilarse y cobrar el 100 % de su pensión en 2024, deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo. Estos requisitos están sujetos a cambios cada año y se deben a la reforma de las pensiones que se aplicó en 2016, con el objetivo de aumentar la edad para acceder a la jubilación ordinaria y el periodo mínimo de cotización.

A partir del nuevo año, los autónomos tendrán la oportunidad de acceder a la jubilación y cobrar el 100 % de su pensión, siempre y cuando cumplan con los nuevos requisitos. Estos requisitos son: años de cotización, ingresos reales y edad.

Los autónomos deben acreditar un mínimo de 15 años de cotización para obtener el 100 % de su pensión. Estos años se computarán a partir de los ingresos reales que hayan percibido. Esto significa también que los autónomos por cotización y los ingresos reales pueden variar dependiendo de cada caso particular. En caso de querer la jubilación anticipada, para acceder a ella, se exige un mínimo de 25 años de cotización.

Además, los autónomos deberán cumplir con los requisitos de edad. Para la jubilación de autónomos de 63 años, los requisitos se incrementan a 20 años de cotización para acceder a la pensión. En 2024, los autónomos que quieran jubilarse y cobrar pensión plena deberán cumplir uno de los dos siguientes supuestos:

  • Tener 65 años y haber cotizado un mínimo de 38 años en la fecha de solicitud.
  • Tener cumplidos 66 años y 4 meses.

Estos requisitos pueden variar en casos particulares, ya que esta se calcula en función del tiempo de cotización, pero, en general, se requiere una combinación de edad y tiempo de cotización para poder acceder a una pensión de jubilación total.

Si no cumplen con ninguno de estos requisitos, aún tienen la opción de solicitar una jubilación anticipada con un recorte en el importe, que dependerá del tiempo de cotización acumulado. Es decir, no se cobrará el 100 % de su pensión, sino un porcentaje menor que depende del tiempo de cotización acumulado.

En este caso, hay que recordar que se deben cumplir los mismos requisitos que en la jubilación y además contar con un mínimo de 25 años de cotización para obtener el 100 % de la pensión.

Dos ejemplos prácticos con los nuevos cambios en el sistema de jubilación para autónomos

Para hacer más clara la explicación, vamos a ver un ejemplo práctico de un autónomo, Juan, que se jubila en 2023.

Caso n.º 1: un autónomo que se jubila con el 100 % de su pensión en 2024

Juan es un autónomo de 65 años que ha trabajado como tal durante más de 40 años. Dado que ha cotizado 40 años, y supera la edad mínima, Juan podrá acceder a la jubilación y cobrar una pensión del 100 %.

Caso n.º 2: un autónomo que se jubila anticipadamente en 2024

En este caso, nuestro compañero Juan, con 65 años, ha trabajado como autónomo 32 años. En este caso, aunque ha cumplido con la edad legal para acceder a la jubilación ordinaria, todavía no ha alcanzado el mínimo de cotización necesario para cobrar su pensión íntegra. Por lo tanto, se le aplicará un porcentaje menor a su base reguladora y su pensión final será menor.

En ambos casos, es importante tener en cuenta que estos requisitos pueden variar de un año para otro, por lo que es recomendable consultar las condiciones actuales para acceder a la jubilación y conocer el importe exacto de la pensión.

Como podemos ver, la jubilación de los trabajadores autónomos en 2023 dependerá de la edad y del periodo de cotización acumulado por cada trabajador.

Los trabajadores autónomos que cumplan con los requisitos establecidos podrán acceder a la jubilación ordinaria o anticipada, según corresponda, y cobrar el 100 % de su base reguladora. En el caso de los trabajadores autónomos que no cumplan con estos requisitos, tendrán que esperar a cumplir la edad legal o a acumular el periodo de cotización necesario para acceder a la jubilación ordinaria.

Como se calcula la pensión con base en los tramos de autónomo 2024

Los tramos de autónomo son un sistema que se utiliza en España para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación de los trabajadores autónomos. La base reguladora es el importe mensual que se utiliza como base para calcular la pensión que un trabajador autónomo recibirá una vez que se jubile.

Los tramos de autónomo se basan en el tiempo que un trabajador autónomo ha cotizado a la Seguridad Social. Se dividen en tres tramos:

Tramo A: corresponde a los primeros 15 años de cotización. La base reguladora se calcula en función de la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que es el salario mínimo interprofesional (SMI).

Tramo B: corresponde a los siguientes 15 años de cotización. La base reguladora se calcula en función de la base mínima del RETA más una cantidad adicional por cada año de cotización.

Tramo C: corresponde al tiempo de cotización a partir del trigésimo año. La base reguladora se calcula en función de la base mínima del RETA más una cantidad adicional por cada año de cotización.

Para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación de un trabajador autónomo, se deben sumar los importes correspondientes a cada uno de los tramos en los que se haya cotizado. 

Y si cumplo la edad legal, pero no he cotizado suficiente

En el caso de que un trabajador autónomo cumpla la edad legal para solicitar la jubilación, pero no haya cotizado el periodo mínimo exigido, no podrá acceder a la jubilación ordinaria completa. En lugar de ello, podrá solicitar la jubilación anticipada, siempre y cuando cumpla con los requisitos que marca la ley.

Entre el año 2023 hasta el 2026, es necesario tener cotizados 36 años y 6 meses para recibir íntegra la pensión. Desde el año 2027, se exigirá contar con 37 años cotizados para disfrutar de una pensión del 100 %.

Lo cierto es que a partir de 2024 la jubilación de autónomos tiene requisitos más exigentes. Desde 2021, los autónomos tienen que cumplir con los mismos requisitos que el resto de los trabajadores, es decir, acreditar un mínimo de 36 años y 6 meses de cotización más los ingresos reales de los últimos 8 años.

Si no se cumple con estos requisitos, entonces la jubilación se verá reducida hasta un máximo del 50 %. Si eres autónomo y cumples la edad legal de jubilación, pero no has cotizado suficiente, existen varias opciones para que puedas jubilarte. Puedes optar por la jubilación anticipada, la jubilación con base en los tramos de autónomos de 2023 o seguir trabajando para aumentar tus ingresos reales y tu número de años cotizados.

¿Puede un autónomo seguir trabajando tras jubilarse?

La jubilación activa de autónomos consiste en percibir el 100 % de la pensión de jubilación mientras se sigue cotizando, es decir, mientras se sigue ejerciendo una actividad profesional, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena. Para que esto sea posible:

  • Hay que haber alcanzado la edad mínima de jubilación.
  • Hay que haber cotizado todos los años correspondientes para la jubilación.
  • Los ingresos anuales por la actividad económica o laboral no deben superar el SMI.

¿Puede un autónomo cobrar dos pensiones de jubilación?

Sí: es el caso de la jubilación habiendo cotizado en régimen general y en autónomos. Implicaría un cobro por partida doble de la pensión, como consecuencia de ambos conjuntos de cotizaciones.

Para ello:

  • Es necesario haber cotizado 20 años, como mínimo, en cada régimen (y poder acreditarlo).
  • Han de haberse cotizado durante los últimos 15 años previos a la jubilación.
  • Hay que estar dado de alta en ambos regímenes en el momento de la jubilación.

Cambios en la jubilación anticipada del autónomo para 2024

La jubilación anticipada es aquella que se solicita antes de cumplir la edad legal establecida para acceder a la jubilación ordinaria. A partir de 2024, los trabajadores autónomos que quieran solicitar la jubilación anticipada deberán cumplir con unos requisitos específicos de edad mínima, años cotizados y un mínimo de ingresos reales.

Si el trabajador autónomo cumple con todos los requisitos, recibirá una pensión del sistema público de jubilación. La edad mínima para acceder a la jubilación se ha reducido a 63 años. Esto es un gran cambio para los autónomos que venían teniendo 65 años como edad mínima.

La cantidad de años de cotización que los autónomos tendrán que tener para jubilarse ha aumentado. Para poder acceder a la jubilación, los autónomos tendrán que tener un mínimo de 15 años de cotización; lo que supone para este gremio necesitar una mayor cantidad de ingresos reales para poder llegar a esta cifra

Cuando los trabajadores autónomos que quieran solicitar la prejubilación de autónomos en 2024, deberán cumplir con uno de los siguientes supuestos:

  • Tener al menos 60 años y haber cotizado un mínimo de 38 años y 9 meses en la fecha de solicitud.
  • Tener al menos 63 años y haber cotizado un mínimo de 37 años y 6 meses en la fecha de solicitud.

Además de los supuestos mencionados anteriormente, existen algunas circunstancias especiales en las que los trabajadores autónomos pueden solicitar la jubilación anticipada con unos requisitos distintos. Por ejemplo, aquellos autónomos que hayan realizado trabajos especialmente penosos, peligrosos, insalubres o que estuvieran en régimen especial de trabajadores autónomos del mar durante un mínimo de 15 años.

Te recomendamos leer nuestro artículo sobre la jubilación anticipada de los autónomos en nuestro blog.

Bonificaciones para autónomos que retrasen su edad de jubilación.

Los autónomos que se jubilen más allá de la edad ordinaria en 2024 gozarán de un incentivo sobre el incremento interanual por demorar la edad de jubilación.

Anteriormente, los incrementos partían del 2 % para jubilaciones a partir de los 66 años y 2 meses, con cotizaciones entre 15 y 25 años, subiendo al 2,75 % para periodos cotizados entre 25 y 37 años, y llegando al 4 % en caso de superar esos 37 años. Con esta medida, se normaliza el incremento del 4 % por cada año de demora en todos los casos.

Además, el que así lo desee puede solicitar un pago único equivalente, en lugar de percibir una pensión de jubilación de autónomos superior durante el resto de su vida; este pago único tiene un techo de 12 400 euros al año.

Con la publicación del Real Decreto 371/2023 el pasado 18 de mayo de 2023, es posible optar por una formula mixta. Esto consiste en una combinación de las dos medidas anteriores sin tener carácter retroactivo.

STEL Order

Equipo de redacción de STEL Order, formado por profesionales con experiencia en diversos ámbitos de la gestión y facturación tanto de empresas como de autónomos. Contenidos editados, revisados y actualizados por profesionales. Si desea comunicarse con nosotros sobre sugerencias de modificaciones en los artículos puede hacerlo en el siguiente correo: marketing+redaccion@stelorder.com.

Perfil de Linkedin

Últimos artículos

TPV sin banco: cómo conseguir un datáfono libre

Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) o Autónomo: qué te conviene más

Modelo 369: cómo rellenarlo y presentarlo

Recibo de pago: qué es y cómo hacerlo