Obtener una declaración negativa es motivo de alegría para el contribuyente, porque significa que no va a tener que pagar a Hacienda al hacer su declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Para entender mejor cómo funcionan las obligaciones tributarias, es importante hacer una aproximación más detallada al concepto de declaración renta negativa y a las implicaciones que tiene para quienes deben presentar el modelo 100 ante Hacienda.
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¿Qué implica una declaración de la renta negativa?
El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) grava la obtención de renta por parte de particulares y autónomos: cantidades que derivan del trabajo asalariado, del ejercicio de una actividad económica, del arrendamiento de inmuebles, del rendimiento de acciones de las que se es titular, etc.
Salvo aquellas personas que estén por debajo del límite establecido por Hacienda, todas las demás personas físicas que obtengan rentas durante el ejercicio fiscal tienen que presentar al año siguiente su declaración de la renta.
El IRPF es un impuesto que se va pagando a lo largo de todo el año mediante las retenciones en la nómina en el caso de los asalariados, y a través de las retenciones en las facturas y la presentación de autoliquidaciones trimestrales de IRPF en el caso de los autónomos.
Esas cantidades abonadas tienen la condición de ingresos a cuenta. Cuando se abre la campaña de la renta y se completa el modelo 100, se determina si el contribuyente ya ha pagado suficiente o no por las rentas que ha obtenido. Si resulta que ha pagado de más, entonces el resultado es una renta negativa. Esto quiere decir que la Agencia Tributaria le tiene que devolver dinero.
Se denomina negativa porque el resultado final del cálculo lleva el signo menos (-) delante de la cifra. Reconociendo así que Hacienda tiene una deuda por ese importe con el contribuyente.
Cuándo y cómo se cobra si la declaración sale negativa
Lo primero que hay que hacer es presentar la declaración a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, o elaborarla y presentarla mediante el servicio de asistencia telefónica o en las propias oficinas de Hacienda.
Una vez presentado el modelo 100, este pasa por un proceso de revisión a efectos de comprobar que todo es correcto. Si la Agencia Tributaria da su visto bueno, se procede al pago.
No obstante, superar esta primera revisión no quiere decir que Hacienda no pueda hacer comprobaciones más a fondo en el futuro, ya que dispone de un plazo de cuatro años para ello. Esto hay que tenerlo especialmente en cuenta en las declaraciones de la renta de los autónomos, que se revisan con mayor nivel de detalle para evitar errores en aspectos clave como las deducciones aplicadas.
Para poder recibir la devolución de la declaración negativa, hay que indicarle a la Administración Tributaria el número de cuenta corriente en el que se desea percibir ese dinero. En este caso, no se admite otra forma de pago al contribuyente; necesariamente se hace mediante transferencia bancaria.
En la práctica, Hacienda suele hacer la devolución en un lapso muy breve de tiempo. La mayoría de los obligados tributarios reciben la devolución en un plazo de una a dos semanas tras la presentación del modelo 100, especialmente en aquellos casos en los que la cantidad a percibir no excede de los 3000 euros.
Sin embargo, el plazo máximo que tiene la Administración Tributaria para hacer la devolución es de seis meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización de la campaña de la renta. Como la campaña acaba el 30 de junio (en 2024 lo hace el 1 de julio, porque el 30 de junio es domingo), el plazo máximo de devolución acaba el 31 de diciembre (en esta ocasión lo hará el 1 de enero de 2025).
Si llegada esa fecha no se ha hecho la devolución, cuando Hacienda haga el ingreso al contribuyente, tendrá que pagarle lo debido y los correspondientes intereses de demora. Estos intereses se abonan junto con la deuda principal, sin necesidad de que el ciudadano tenga que reclamarlos.
En caso de obtener una declaración negativa, si el contribuyente tiene a su vez una deuda pendiente con Hacienda por IRPF, u otro impuesto, puede pedir una compensación. Esto implica que la cantidad adeudada por el particular va a quedar saldada con el dinero que la Agencia Tributaria le debe a él.
Si sobrara algo, se procede a la devolución de esa cantidad. Si la deuda de Hacienda con el contribuyente no cubre el importe total de la deuda del contribuyente con Hacienda, se puede hacer la compensación, subsistiendo la deuda por el importe todavía no satisfecho.
Diferencia entre la declaración de la renta positiva y negativa
Si una declaración negativa implica que se ha pagado de más por el IRPF a lo largo del ejercicio fiscal y ahora corresponde percibir una devolución, la renta positiva es justo lo contrario. Significa que el contribuyente no ha hecho suficientes pagos a cuenta durante el ejercicio fiscal, así que debe realizar el ajuste ahora y pagar con base en las rentas que ha obtenido y el tramo impositivo que le corresponde.
Surge así una deuda del contribuyente con Hacienda, que debe pagarse mediante domiciliación bancaria. Como particularidad, se puede fraccionar el pago en dos veces sin que esto suponga la aplicación de intereses de demora. Si no se paga la deuda a tiempo, sobre la misma empiezan a aplicarse recargos e intereses de demora que van a hacer incrementarse la cantidad total adeudada.
Cuando se trata de pagar impuestos, está claro que una declaración negativa siempre es mucho mejor para los intereses del contribuyente, porque implica que tiene derecho a que Hacienda le devuelva dinero.