A la hora de emprender, es posible poner en marcha una empresa u optar por una alternativa más sencilla: el alta como autónomo. Esto último es mucho más rápido, sencillo y barato, por lo que se ha convertido en la principal vía de emprendimiento en nuestro país.
Cuando alguien decide darse de alta como autónomo, adquiere una serie de derechos con respecto a la protección que ofrece el sistema de Seguridad Social, pero también asume unas obligaciones: cotizar mes a mes y efectuar el pago de los impuestos correspondientes a la actividad económica ejercida.
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Cómo darse de alta como autónomo en la Seguridad Social
Lo primero es asegurarse de contar con un número de afiliación a la Seguridad Social, que se encarga de identificar al ciudadano en sus relaciones con esta Administración. Por tanto, resulta obligatorio tener este número antes de hacer el alta en cualquier régimen de la Seguridad Social.
Cualquier persona que ha trabajado antes por cuenta propia o ajena cuenta con su propio número de la Seguridad Social. Para quienes no lo tienen, la gestión se puede hacer directamente a través de la plataforma digital Import@ss.
Es necesario contar con un DNI o NIE en vigor, una dirección de correo electrónico, un dispositivo con cámara para hacerse una fotografía y rellenar el modelo TA.1.
Primer paso: Acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social
El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el que cotizan aquellos que han decidido trabajar por cuenta propia. Una vez que se tiene el número de afiliación a la Seguridad Social, se puede cursar el alta en este u otro régimen con total normalidad.
Para darse de alta como autónomo se ha de cumplimentar el modelo TA0521 a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social —actualmente todos los autónomos están obligados a gestionar telemáticamente los trámites sobre afiliación, cotización y recaudación—.
Cuando se trata de los pasos para darse de alta como autónomo, es esencial respetar los plazos establecidos legalmente. En este sentido, la legislación determina que el alta en el RETA puede hacerse hasta 60 días (naturales) antes de comenzar la actividad.
En cualquier caso, el profesional tiene que estar sí o sí dado de alta en el RETA el día que comienza a trabajar por cuenta propia. Si no lo hace así, estará cometiendo una infracción de la que se pueden derivar sanciones.
Segundo paso: Entidad gestora o Mutua
Una vez dado de alta, el autónomo tendrá que cubrir los riesgos de enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, así como la incapacidad temporal, afiliándose a una mutua. Listado de mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
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Contar con una mutua es uno de los requisitos para ser autónomo. Desde 2019, es obligatorio que los profesionales por cuenta propia estén adscritos a una mutua, pero la elección entre una u otra es totalmente libre. De hecho, esta se puede cambiar más adelante.
Para acertar con la elección, se recomienda tener en cuenta cuestiones como la cercanía de los centros de atención o la calidad del servicio prestado.
Ya hemos visto que cuando se trata de cómo hacerse autónomo, hay que rellenar un formulario en la Seguridad Social, y es en él en el que se debe indicar cuál es la mutua que se ha elegido.
Tercer paso: Darse de alta como autónomo en Hacienda
El alta en Hacienda del autónomo es otro paso obligatorio para ejercer una actividad profesional de manera legal, porque si una persona no consta de alta en la Agencia Tributaria, no podrá emitir facturas.
Además de darse de alta en la Seguridad Social, se exige que el trabajador autónomo se dé de alta en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria. Este trámite se hace cumplimentando el Modelo 036 o el Modelo 037 bien de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, bien de forma presencial en cualquier sede u oficina de Hacienda.
Cada uno de los modelos está indicado para diferentes profesionales:
- Modelo 036: este modelo de declaración en el Censo de Empresarios de Hacienda es para cualquier contribuyente que esté obligado a presentar esta declaración.
- Modelo 037: este modelo es una declaración censal simplificada a la que únicamente se podrán acoger trabajadores autónomos. En ningún caso podrán beneficiarse de este modelo empresas o entidades.
Como en el caso del alta en el RETA, el alta en Hacienda puede cursarse hasta 60 días naturales antes del comienzo de la actividad. Para evitar despistes, lo recomendable es darse de alta en autónomos en la Seguridad Social y en Hacienda el mismo día.
Cuarto paso: Comunicación de la apertura del centro de trabajo
Llevados a cabo los trámites anteriores, el trabajador autónomo está obligado a comunicar a la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma la apertura del centro en el que desarrolle su actividad profesional o empresarial.
Quinto paso: Solicitar las licencias oportunas
El último paso es solicitar las licencias que sean necesarias para desempeñar la actividad profesional en cuestión. Las licencias que se exigen a los trabajadores autónomos dependerán no solo del tipo de actividad que realice, sino también de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre. También variarán dichas licencias dependiendo del municipio en que se esté llevando a cabo la actividad profesional. Muchas de estas licencias son obligatorias para poder abrir y poner en marcha el negocio, por lo que lo recomendable es solicitarlas cuanto antes.
¿Es posible darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas sin ser autónomo? Cómo hacerlo
El Impuesto sobre Actividades Económicas o IAE es un tributo que se aplica a autónomos y sociedades y grava los beneficios obtenidos por estos por llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o artística dentro del territorio español. Este tributo es uno de los primeros trámites que todo autónomo o empresario ha de llevar a cabo cuando se empieza a desempeñar la actividad laboral o profesional en cuestión. Aunque la tramitación de este impuesto es relativamente sencilla, es importante conocer cómo elegir de forma adecuada el epígrafe bajo el que el interesado se va a dar de alta en Hacienda.
Todos los autónomos y sociedades que lleven a cabo una actividad económica están obligados a darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. ¿Es posible, entonces, darse de alta en este impuesto sin ser autónomo? En España se puede facturar sin ser autónomo, es decir, sin necesidad de estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, siempre que lo que se perciba no exceda el importe del Salario Mínimo Interprofesional. Sin embargo, la legislación española exige darse de alta en Hacienda cada vez que se emita una factura, independientemente de la cuantía de esta.
Para darse de alta en Hacienda por el Impuesto sobre Actividades Económicas es preciso cumplimentar el Modelo 036 para darse de alta en el Censo de Empresarios de Hacienda, indicando la actividad profesional que se desempeña de la lista que aparece en el propio listado. El modelo 036 se puede presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y de forma presencial en cualquiera de las oficinas de la Delegación de Hacienda que corresponda.
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Tarifa plana para autónomos: requisitos y cuantía
El alta de autónomo hace surgir la obligación de cotizar mes a mes a la Seguridad Social. Hace unos años, se implantó un sistema de tarifa plana para facilitar el acceso al emprendimiento, pero esto ha cambiado con la entrada en vigor de la cotización por ingresos reales.
Lo que abonan ahora los nuevos autónomos es una cuota reducida de 80 euros al mes durante sus primeros 12 meses de actividad. Acceder a este beneficio no es automático, sino que el interesado debe solicitarlo en el momento de hacerse autónomo. Porque también tiene la opción de empezar a cotizar por sus ingresos reales desde su primer día de trabajo por cuenta propia.
Requisitos para acceder a la cuota reducida
Las personas que se den de alta en el RETA y quieran acceder a la cuota reducida de 80 euros deberá cumplir que:
- No haber estado dado de alta en los 2 años anteriores a la fecha de efecto de nueva alta. En caso de disfrutado previamente de esta deducción serán 3 años.
- No ser autónomo colaborador.
- No tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda.
En el caso de autónomos acogidos a la cuota reducida, pasados los 12 primeros meses de actividad, pueden disfrutar de otros 12 meses más con esta cuota. Siempre y cuando, los ingresos obtenidos durante su primer año de actividad no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual. En caso de que sus ingresos excedan de esa cantidad, tendrán que empezar a cotizar con base en sus ingresos reales.
Las bases de cotización tienen unos límites mínimos y máximos y, en función del elegido, el autónomo tendrá que pagar una cuota más o menos elevada. Cuota que se ajusta de forma proporcional a sus ingresos mensuales, y que se puede cambiar varias veces a lo largo del año.
Esta tarifa plana incluye contingencias comunes y contingencias profesionales, si bien no incluye el cese del autónomo en su actividad y la formación profesional que lleve a cabo. Por otro lado, deberá solicitarse al mismo tiempo en que el momento se da de alta como autónomo.
Resumen de los pasos para darse de alta como autónomo
Recapitulamos lo que hemos visto. Si quieres ser autónomo tienes que:
- Tener un número de afiliado a la Seguridad Social.
- Cursar el alta en el RETA.
- Elegir una mutua.
- Hacer el alta en Hacienda.
- Comunicar la apertura del centro de trabajo.
- Solicitar las licencias oportunas.
Además, cuando se trata de cómo darse de alta como autónomo por primera vez, o si hace ya tiempo que no trabajas por cuenta propia, recuerda que puedes acogerte a la cuota reducida durante tu primer año de actividad. Pero debes solicitarlo expresamente.
Sin duda, emprender un negocio propio no es nada sencillo, ya que se trata de un camino lleno de obstáculos. Los autónomos deben cumplir con muchas obligaciones, así como desembolsar a la Seguridad Social una nada desdeñable cantidad en concepto de cuota de autónomos. Es por ello fundamental conocer cómo hay que darse de alta en la Seguridad Social y en Hacienda y cómo beneficiarse de ciertas bonificaciones y ventajas que prevé la legislación española como la tarifa plana para autónomos.