Tanto si eres deudor como si eres acreedor, es importante que sepas cuándo prescribe una deuda. Porque, agotado dicho plazo, las posibilidades de reclamación se limitan. Si el deudor alega la prescripción, ya no se podrá cobrar lo debido.
Los plazos de prescripción están regulados con carácter general en el Código Civil, aunque también nos encontramos con referencias a ellos en diferentes normas que regulan deudas muy concretas. Ahora lo vamos a ver con más detalle, pero el plazo suele oscilar entre uno y 15 años.
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Cuándo prescribe una deuda con Hacienda
La Ley General Tributaria establece que las deudas de este tipo prescriben a los cuatro años. Plazo que empieza a contar desde el día siguiente a aquel que está previsto para presentar la declaración o autoliquidación que corresponda.
Si la deuda tiene su origen en una acción tipificada como delito fiscal (si se han defraudado más de 120.000 euros por declaración y ejercicio), el plazo de prescripción se extiende hasta los 10 años.
Cuándo prescribe una deuda bancaria
El Código Civil señala que, aquellas deudas que no tengan previsto un plazo especial de prescripción lo harán a los cinco años, y esto es lo que ocurre con las deudas bancarias. Si te preguntas cuándo prescribe una deuda con una financiera, el plazo es exactamente el mismo.
La cosa cambia cuando hablamos de deudas derivadas de un préstamo hipotecario. En este caso el plazo de prescripción se alarga hasta los 20 años por disposición expresa de la normativa.
Cuándo prescribe una deuda reclamada judicialmente
De nuevo hay que aplicar aquí el plazo general previsto en el Código Civil. En consecuencia, este tipo de deudas prescriben pasados cinco años desde que se llevó a cabo la reclamación.
Otros plazos de prescripción
Además de los que hemos visto, la legislación regula otros plazos de prescripción de deudas que es importante conocer:
- 15 años para las deudas derivadas de tarjetas de crédito y las operaciones mercantiles con proveedores.
- 3 años para reclamar pagarés y abonar los honorarios de abogados, registradores, peritos, notarios, criados y jornaleros. Así como para abonar las medicinas a los farmacéuticos y las deudas de los consumidores a los comerciantes.
- 1 año en caso de deudas derivadas de responsabilidad extracontractual.
- 6 meses para reclamar el pago de cheques.
Interrupción de la prescripción
Una de las características del plazo de prescripción es que puede interrumpirse. Si el acreedor reclama de modo fehaciente el pago de la deuda (por ejemplo con un burofax), esos plazos que hemos señalado empiezan a contar de nuevo desde cero. Esto puede hacer que la deuda subsista durante décadas.
Por ejemplo, si alguien debe dinero al banco y han pasado cuatro años sin que la entidad haya reclamado nada, quedaría un año para la prescripción. Ahora bien, si dentro de ese cuarto año el banco reclama a su deudor que le pague, la prescripción se interrumpe y, a partir de la fecha de notificación de la reclamación, el plazo de cinco años comienza a contar de nuevo.
Saber cuándo prescribe una deuda permite a deudores y acreedores hacer una mejor gestión de sus obligaciones y derechos. En todo caso, lo más recomendable es pagar lo debido lo antes posible.