¿Es válido un presupuesto sin firmar? ¿Cuál es el alcance del derecho de desistimiento del cliente una vez aceptado el presupuesto? Este tipo de dudas son habituales tanto entre los consumidores como entre las empresas y, por eso, es importante saber más sobre el tema de la presupuestación y los derechos y obligaciones que se derivan de ella.
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Consideraciones legales sobre el presupuesto
El presupuesto de venta es un documento que detalla el coste estimado de un producto o un servicio. Se trata de una herramienta esencial dentro de las transacciones comerciales, porque ayuda a los clientes a tomar decisiones informadas.
Empieza siendo un documento meramente informativo, pero se convierte en un contrato vinculante cuando es aceptado por el cliente dentro del plazo que se le ha dado para ello.
Según el artículo 1.261 del Código Civil, un contrato debe reunir tres requisitos:
- Debe constar el consentimiento de las partes.
- El objeto debe ser cierto. Por ejemplo, la entrega de unos determinados bienes o la prestación de un servicio.
- Tiene que haber una causa de la obligación, que es el propósito de la contratación.
Todas estas características suelen estar presentes en un presupuesto, por lo que, tras su aceptación (consentimiento), se convierte en un contrato vinculante del que emanan derechos y obligaciones para las partes implicadas.
Requisitos para la validez de un presupuesto
Como decíamos, el presupuesto empieza siendo un documento meramente informativo sobre el coste de un producto o un servicio. De hecho, es una práctica común que los consumidores soliciten cotizaciones a diferentes empresas o profesionales para compararlas. En este punto, no hay ningún compromiso entre quien hace la presupuestación y quien la recibe.
Lo habitual es que la elaboración del presupuesto no tenga coste alguno. Si la empresa cobra por ello, tiene la obligación (derivada de la Ley General para la Defensa de los Consumidores) de informar antes de su realización. Si no se ha dado esta información y la empresa o profesional pretenden cobrar por preparar el presupuesto, el cliente tiene el derecho a negarse a ese pago.
Datos que deben constar en un presupuesto
Para ser válido y desplegar efectos legales en caso de ser aceptado, el documento debe tener un contenido mínimo:
- Datos que identifican al proveedor de los productos o servicios.
- Datos de identificación del cliente.
- Conceptos presupuestados: horas de trabajo, materiales, tasas, etc. Esta información debe estar bien detallada.
- Precio. Se indica la base imponible de cada concepto presupuestado y el resultado tras aplicar el IVA.
- Formas de pago aceptadas. Si se pide un adelanto, una vez abonado el mismo, se debe emitir una factura parcial.
- Validez. La ley no establece un plazo concreto de validez del presupuesto, pero lo habitual es establecer plazos de 15, 30 y 90 días. Pasado ese tiempo, si no ha sido aceptada, la presupuestación deja de ser válida.
- Fecha de emisión.
- Firma del emisor.
¿Se puede anular un presupuesto aceptado?
Un presupuesto aceptado implica el nacimiento de un contrato entre las partes. El prestador del servicio o del bien queda obligado a hacer la entrega en el tiempo y forma previstos, mientras que el cliente tiene la obligación de hacer el pago en el momento y a través de los medios pactados.
Como cualquier contrato, solo se puede romper si quien debe entregar el producto o prestar el servicio no cumple con aquello a lo que se ha comprometido. Los casos más habituales de incumplimiento de un presupuesto firmado que permiten poner fin a la relación comercial son que la entrega no se lleve a cabo a tiempo o que el servicio no se complete correctamente.
Si no se dan las causas que habilitan para anular un presupuesto y el cliente se niega a pagar, lo que puede hacer el acreedor es presentar una demanda de juicio monitorio si la deuda no excede de 6000 euros. Si es superior a esa cantidad, tendrá que recurrir a un procedimiento ordinario en la jurisdicción civil.
Me quieren cobrar más del presupuesto
En los casos en los que la factura es superior al presupuesto, estamos ante un incumplimiento contractual porque el presupuesto es vinculante una vez aceptado, y el importe de la factura debe coincidir con lo presupuestado.
No se puede anular un presupuesto si el prestador del servicio ha cumplido con su obligación en tiempo y forma, así que en estos casos lo más recomendable es abonar la factura y proceder luego a hacer una reclamación, llegando a la vía judicial si es necesario.
Sin embargo, hay casos en los que la factura final puede tener un importe superior al previsto en el presupuesto. Son aquellos en los que el precio de los materiales o de los trabajos varían durante su elaboración o ejecución, pero se informa de ello al cliente en su debido momento y se acepta el cambio de precios. Para evitar problemas, es conveniente que se deje constancia de este nuevo acuerdo por escrito.
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¿Es válido un presupuesto sin firmar? El presupuesto aceptado verbalmente
La legislación no exige que los presupuestos sean aceptados por escrito. Esto implica que el cliente puede hacer una aceptación verbal del coste del producto o servicio dado por la empresa o profesional, y esto es totalmente vinculante.
Por tanto, se puede aceptar un presupuesto verbalmente y su anulación solo es posible en casos de incumplimiento como los que hemos señalado anteriormente.
La obra sin presupuesto firmado o la prestación de un servicio en estas condiciones puede acabar dando lugar a problemas, porque no hay un documento en el que se hayan recogido de forma expresa las obligaciones de las partes ni el coste de los servicios. Por eso, lo aconsejable es que el presupuesto siempre se haga por escrito y que también la aceptación del cliente conste en forma escrita.
Derecho de desistimiento tras aceptar un presupuesto
La normativa para la defensa de los consumidores permite a estos echarse para atrás tras haber manifestado su voluntad de tomar parte en una relación comercial.
En estos casos no es que haya algún incumplimiento por parte de la empresa contratada, es sencillamente que el cliente se lo ha pensado mejor y ha cambiado de opinión.
Es importante que los consumidores tengan la opción de romper el contrato sin tener que justificar una causa para ello, pero también hay que proteger los intereses de las empresas y los profesionales y, por ello, el derecho de desistimiento solo puede ejercerse durante un determinado tiempo.
La Ley 3/2014, de defensa de los consumidores, establece un plazo mínimo de 14 días naturales para el desistimiento. En el caso de los presupuestos, este tiempo se computa desde el momento en que se produjo la aceptación.
Por lo que se refiere a su ejercicio, este no está sujeto a ninguna formalidad, así que puede comunicarse tanto por escrito como de manera verbal. Lo que no puede en ningún caso es suponer un gasto para el consumidor o usuario.
Ejercitado el derecho de desistimiento por parte del consumidor o usuario, si ya hubiera abonado alguna cantidad al empresario, este debe devolver la cuantía sin ningún tipo de retención en un plazo máximo de 14 días naturales. Si no se lleva a cabo a tiempo, el cliente tiene derecho a reclamar la devolución de esa cantidad por duplicado, así como una indemnización por daños y perjuicios.
Lo que nos debe quedar claro es que es válido un presupuesto sin firmar porque cabe la aceptación verbal, pero que siempre es mejor dejar constancia por escrito. Y, por otro lado, que como consumidores tenemos derecho a desistir del presupuesto sin alegar motivo alguno en el plazo dado para ello, y a solicitar su anulación si se han incumplido las obligaciones pactadas.